Código Internacional de Ética para Inspectores de Viviendas


Licencia de libre uso para entidades gubernamentales

 

 

La Asociación Internacional de Inspectores Certificados de Viviendas (InterNACHI) promueve un alto nivel de profesionalismo, en las prácticas de inspección y la aplicación de los principios de ética del negocio. Los miembros de InterNACHI se suscriben al siguiente Código de Ética en el curso de sus actividades profesionales.

 

I.  Deberes para con el público 

    1. El miembro de InterNACHI se regirá por el Código de Ética y seguirá substancialmente los Estándares de Práctica de InterNACHI. 

    2. El miembro de InterNACHI no participará en ninguna práctica que pudiese ser perjudicial al público o desacreditar a la industria de inspección de viviendas. 

    3. El miembro de InterNACHI será justo, honesto, imparcial, y actuará de buena fe al tratar con el público. 

    4. El miembro de InterNACHI no discriminará en la conducción de su actividad profesional basado en la edad, raza, religión, género, nacionalidad, estado civil, orientación sexual, o discapacidad y a tal efecto cumplirá con toda ley federal, estatal y local relacionada con este tema. 

    5. El miembro de InterNACHI será veraz con respecto a sus servicios y calificaciones. 

    6. El miembro de InterNACHI:

a)    no tendrá ningún conflicto de interés revelado o no revelado del cual el cliente no esté enterado;

b)    no ofrecerá o aceptará comisiones, reembolsos, u otros beneficios registrados o no registrados, que no hayan sido acordados por las partes involucradas en la venta de la propiedad; o

c)    no ofrecerá o proporcionará alguna compensación financiera revelada o no, directa o indirectamente a cualquier agente inmobiliario, corredor inmobiliario o empresa inmobiliaria a través de referencias o por inclusión en listas de inspectores o compañías de inspección preferidas y/o afiliados.

    1. El miembro de InterNACHI no proveerá ninguna información sobre la inspección o sobre la persona a un tercero aparte del cliente, excepto cuando pueda afectar la seguridad de otros o violar leyes o estatutos, o se cumplan ambas de las siguientes condiciones:

a)    el cliente ha sido explícitamente informado de la información que va a ser publicada, a quién, y con qué propósito, y;

b)    el cliente ha prestado consentimiento escrito, previo a la publicación de su información.

    1. El miembro de InterNACHI actuará siempre en el interés del cliente, a menos que al hacerlo viole leyes, estatutos, o el presente Código de Ética. 

    2. El miembro de InterNACHI deberá utilizar un contrato escrito que especifique los servicios que se prestarán, sus limitaciones, y honorarios. 

    3. El miembro de InterNACHI deberá cumplir con todas las regulaciones gubernamentales y requerimientos de licencia en la jurisdicción donde lleva a cabo su negocio. 

    4. El miembro de InterNACHI no realizará u ofrecerá, por compensación adicional, ninguna reparación o servicios asociados a la estructura para la cual el mismo o su compañía haya preparado un informe de inspección por un periodo de 12 meses anteriores. Esto no deberá incluir componentes y/o sistemas que no estén comprendidos en los Estándares de Práctica de InterNACHI.

 

II.  Obligación de educación continua 

    1. El miembro de InterNACHI deberá cumplir con los requerimientos actuales de Educación Continua de InterNACHI. 

    2. El miembro de InterNACHI deberá aprobar el Examen En Línea de InterNACHI que se dicta por Internet cada tres años. 

III.  Deberes para con la profesión y para con InterNACHI 
 
  1. El miembro de InterNACHI se esforzará en mejorar la industria de inspección de viviendas compartiendo sus lecciones y/o experiencias para el beneficio de todos. Esto no imposibilita al inspector registrar los derechos de autor o la comercialización de su experiencia a otros inspectores o al público en cualquier forma permitida por la ley.

  2. El miembro de InterNACHI asistirá a la dirección de InterNACHI en la divulgación y la publicación de los beneficios de la membresía de InterNACHI.

  3. El miembro de InterNACHI no participará en ningún acto o práctica que pudiera ser considerada dañina, sediciosa o destructiva para InterNACHI, así como a sus compañeros, miembros, empleados, la dirección o a sus directores. Aquellos miembros acusados o considerados de violar tales reglas provocarán la revisión del Comité de Ética y por posibles sanciones y/o expulsión de InterNACHI. 

  4. El miembro de InterNACHI deberá acatar los actuales requerimientos de membresía de InterNACHI.

  5. El miembro de InterNACHI deberá acatar las actuales reglas del foro de mensajes del Consejo de InterNACHI

     

    Invitamos a miembros de otras asociaciones a unirse a InterNACHI, teniendo en cuenta que uno de los requisitos de membresía de InterNACHI es darle igual o mayor importancia con los materiales de marketing (folletos y páginas web) comparado con otras asociaciones de membresía.        

     

     

     


    Este documento está sujeto a cambios sin previo aviso. Revise esta dirección con frecuencia para saber si hay cambios www.nachi.org

     

    Contenido

     

    Lea el Código de Ética de InterNACHI para Vendedores